Cómo solicitar el Número de Identidad de Extranjero (NIE)

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¿Quieres saber cómo han de solicitar el NIE las personas extranjeras, residentes o no en España, pero que lo necesitan, por la razón que sea? Pues entonces continua leyendo este post, porque te lo vamos a contar todo. Si eres extranjer@ y tienes una empresa en España, lo necesitarás. Si este es tu caso, o bien te interesa el tema, has llegado a buen sitio. ¡Empezamos!

Con carácter general, el NIF de las personas físicas que carecen de la nacionalidad española es el número de identidad de extranjero (NIE) que se les asigne o facilite de acuerdo con la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y su normativa de desarrollo. La asignación del NIE compete al Ministerio del Interior, pero en algunos casos, la Administración tributaria puede asignar un NIF, que empezará con la letra M.

Documentación necesaria para solicitar un NIE

Las personas físicas extranjeras que no residen en España y necesiten un NIF, deberán aportar la siguiente documentación:

  1. Fotocopia del pasaporte del solicitante o de otro documento de su país de origen que acredite su identidad, edad y nacionalidad.
  2. Justificación de no estar obligado a disponer de Número de Identidad de Extranjero (NIE) otorgado por el Ministerio del Interior español o de haberlo solicitado pero no disponer temporalmente del mismo.
  3. Fotocopia del NIF del representante, en caso de haberlo y la documentación que acredite tal representación.

La declaración censal (Modelo 030/Modelo 036) y la documentación adicional necesaria habrá de presentarse, o bien físicamente, o bien por correo ordinario certificado, en la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del representante, en su caso, o al lugar donde vayan a realizarse las operaciones tributaria.

Tras recibir la documentación en la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria competente, se emite el NIF asignado y se envía por correo ordinario al domicilio del solicitante. También puede hacer la solicitud a través de las Oficinas Consulares de España en el extranjero, sin tener que venir a España. En caso de no residir en su circunscripción, las oficinas consulares podrán rechazar las solicitudes.

Una vez obtenido el NIF se puede gestionar la obtención del certificado electrónico de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre en la Oficina Consular de España en el extranjero, y con este, podrá operar con la administración tributaria española de forma online desde la página web de la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

En el caso de persona jurídica o entidad extranjera para solicitar un NIF en la Oficina Consular de España en el Exterior han de aportar los siguientes datos y documentación, original y copia escaneada:

  1. Personalidad jurídica, si dispone de ella.
  2. Denominación o razón social.
  3. Número o Código de identificación fiscal atribuido en el país de Residencia.
  4. Domicilio fiscal que con carácter general será el Domicilio Social.
  5. Fecha de constitución y Fecha de inscripción en el registro público correspondiente, en su caso.
  6. Capital social de constitución, en su caso.
  7. En caso de haber representantes: Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y Número de identificación fiscal de los representantes legales, en su caso, nombre y apellidos o razón social o denominación completa, Número de identificación fiscal, domicilio fiscal y nacionalidad de su representante en España. Los representantes legales que se hagan constar deben disponer de NIF español.

Si lo necesitas, en Cristina Torres, gestoría y solicitor, pueden gestionar por ti tu NIE sin necesiad que tener que desplazarte a España. Los extranjeros que se relacionan con España por razón de sus intereses económicos, profesionales o sociales deben tener un NIE o Número de Identidad de Extranjero, que puede obtenerse personalmente o a través de representante debidamente acreditado. Desde su despacho profesional pueden gestionar tu NIE, sin que tengas que moverte de tu casa.

En el caso de realizar entregas o adquisiciones intracomunitarias, además del NIF, ha de solicitarse el NIF-IVA, que coincidirá con el NIF al que va antes del prefijo ES. Este código se solicitará dándose de alta en el “Registro de operadores intracomunitarios” (ROI). La persona interesada habrá de cumplimentar el modelo 036 de “Declaración censal de alta, modificación o baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores”marcando la casilla 582, consignando la fecha prevista para la primera operación en la casilla 584.

En el caso de que la Agencia Tributaria no hubiera dado una respuesta en los 3 meses siguientes, se entenderá que la solicitud del número ha sido denegada

Los empresarios que no residen en la Unión Europea, deben nombrar un representante con domicilio fiscal en España a efectos del cumplimiento de las obligaciones impuestas en la Ley 37/1992, del impuesto sobre el Valor Añadido, a no ser que haya un instrumento de asistencia mutua similares a los de la Unión, que hoy solo tiene Noruega. (art. 164.Uno.7º Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido).