Trámites necesarios en la compra venta de un coche de segundamano

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Comprar un vehículo nuevo o en un concesionario, conlleva que todos los tramites necesarios para hacerlo tuyo, corran a cuenta del vendedor. Si algo garantiza este tipo de compra, es la tranquilidad frente a la burocracia. Matriculación, impuestos, alta del vehículo, etc. son parte del trabajo que realiza el vendedor del concesionario.

Sin embargo, en muchas ocasiones, el vehículo en cuestión, no se adquiere en un concesionario si no que se compra a un vendedor particular o se recibe como donación, regalo, etc. En este supuesto que se da de forma muy habitual, los trámites pertinentes, corren a cargo tanto de comprador como de vendedor. Aunque si lo que quieres es ahorrarte quebraderos, puedes contratar los servicios de gestorías como Tu cambio de nombre que se encargan de hacer por ti, todo tipo de trámites relacionados con tráfico.

Haga quien haga el papeleo, es esencial conocer todos los pasos que hay que dar para realizar la transferencia del vehículo que es como se conoce este trámite. La Administración es la encargada de regular la compraventa de vehículos obligando a las partes actoras a realizar una serie de trámites. Dentro de los trámites pertinentes que hay que llevar a cabo cuando se compra o vende un vehículo de segunda mano, se haya el cambio del titular.

Hacer todos estos trámites de la forma correcta, evitar problemas asociados a las notificaciones de las posibles sanciones, denuncias por abandono, robo o no pasar la ITV, entre otros. Realizar la transferencia de un vehículo de la manera correcta es esencial dentro de cualquier proceso de compraventa, sea la transacción entre personas físicas o jurídicas.

Antes de ejecutar la compraventa, hay que realizar una serie de comprobaciones en las que el comprador, ha de asegurarse de cual es el estado real del vehículo y que tanto el aspecto como la descripción ofrecida por el comprador, se corresponden con la realidad. También es conveniente comprobar que el propietario es realmente el propietario y que, una vez adquirido el vehículo, no exista impedimento para hacer efectivo el cambio de nombre. Es decir, comprobar que el vehículo no tiene embargos, precintos o reservas de dominio.

Paso a paso: documentación necesaria

Uno de los pasos previo a la compraventa, debe ser realizar la solicitud a trafico de un informe. Este informe, se solicita a la DGT y cuenta con dos formatos. Uno sencillo, gratuito y en el que solo se informa de si es posible hacer o no la transferencia, por lo que habrá que comprobar el resto de la información de otra manera. La DGT ofrece también la posibilidad de solicitar un informe completo, en el que consta toda la información necesaria y relativa a la titularidad del vehículo, su domiciliación, las cargas y el historial de las ITV, entre otra información. En este caso, hay que abonar una tasa al hacer la solicitud.

El trámite, sencillo, puede realizarse de manera presencial, vía telefónica o por los canales online que tráfico tiene habilitados al efecto, como la sede electrónica o la app.

Una vez se dispone de la certificación de que el vehículo esta al día en todos sus aspectos y la información es correcta, hay que realizar el contrato de compraventa del vehículo. Este documento, será la prueba fehaciente de que los trámites se han efectuado de forma correcta en caso de que surja algún tipo de problema.

El contrato debe contener la siguiente información para que sea válido:

  • Datos de comprador y vendedor, incluyendo nombre y apellidos, DNI y domicilio a efectos de notificaciones.
  • Lo datos relativos al vehículo como la marca, el modelo, el color, la matrícula, el número de bastidor y el kilometraje, el precio y la forma de pago (metálico, transferencia…)
  • El estado actual del vehículo.
  • La existencia de cargas.
  • Toda la documentación que se aporta en la transacción.
  • La fecha de entrega del vehículo y la fecha, hora y lugar en el que se efectúa la compraventa.

Realizada la compraventa, el comprador debe encargarse de acudir a Tráfico y hacer efectivo el cambio de titular del vehículo. Para que este trámite sea posible de realizar, el vehículo ha de estar dado de alta, carecer de reservas de dominio, embargos o precintos y no tener multas pendientes. Por supuesto debe encontrase al día de los impuestos locales y tener la ITV pasada de forma favorable.

Al igual que la solicitud del informe, este trámite puede hacerse tanto de manera presencial previa solicitud de cita o, a través de la sede electrónica de la DGT, siempre que se disponga de clave o certificado digital que autorice los trámites. Para hacer este trámite, es necesario aportar la documentación siguiente:

  • Impreso oficial de la DGT para el cambio de titularidad. Si se hace de forma telemática se rellena en el momento.
  • El contrato de compraventa.
  • Documento de identificación del comprador: DNI, NIE, o CIF. En el caso de hacer el trámite a través de la sede electrónica
  • Copia del documento de identificación del vendedor.
  • Copia del impuesto de transmisiones patrimoniales y justificante del pago, exención, no liquidado de la comunidad autónoma pertinente.
  • Justificante del pago efectivo de la tasa.

El vendedor puede notificar a Tráfico la venta que va a realizar para asegurarse de que la DGT esta informada de la operación y no se demora. Este paso previo, puede hacerse al igual que el cambio de titularidad, a través de la sede electrónica, aportando el impreso oficial, el contrato de compraventa, la identificación y el pago de la tasa.

Tasas, informar a la DGT, impuesto de transmisiones

Hacer efectivo el cambio de titularidad de un vehículo en Tráfico, conlleva el pago  de una tasa que difiere en función del tipo de vehículo, si se trata de un vehículo o un ciclomotor. A esta tasa se debe añadir el pago del impuesto de transmisiones y si el vendedor quiere hacer una notificación de la venta, sumar otra tasa que ronda los nueve euros.

Las tasas en cuestión, se abona en el momento en el que se hace la comunicación del cambio de titularidad a la DGT. Si el trámite se realiza a través de la sede electrónica, la tasa puede abonarse en el momento. En el caso de hacer el trámite de manera presencial, la tasa, se abona en la misma oficina de tráfico en el instante en el que se efectúa el cambio de nombre mediante el pago con tarjeta.

Una vez la firma del contrato se hace efectiva, el comprador, dispone de treinta días para solicitar en Tráfico el cambio de titularidad del vehículo. Realizado el trámite, la DGT expide un nuevo permiso de circulación a nombre del nuevo propietario.

La diferencia entre adquirir un vehículo nuevo o de segunda mano, se encuentra en el tipo de impuesto a pagar. Si se trata de un coche o moto nuevo, hay que pagar el IVA que le corresponde. En el caso del supuesto que nos ocupa, hay que liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP).

Esta obligación fiscal, recae siempre sobre el comprador que adquiere el vehículo que deberá hacer efectivo el pago dentro del plazo de un mes desde que se hace efectiva la compra. Por tratarse de un impuesto que la Administración ha cedido a las comunidades autónomas, deberá pagarse en el lugar de residencia del comprador. Su abono se hace mediante el modelo de autoliquidación 620 o 621, en función de la manera de efectuar el pago, de forma presencial o telemática.

El importe a pagar, consiste en un porcentaje sobre el valor del vehículo, regulado por cada comunidad autónoma. Para determinar el importe es fundamental, tener en cuenta el valor real del vehículo que debe ser el de mercado y se obtiene en función de la marca, el modelo, la antigüedad y el estado general del vehículo. Este detalle debe tenerse muy en cuenta puesto que las comunidades autónomas pueden hacer comprobaciones de valor y obligar a abonar la diferencia. No conviene, por lo tanto, bajar el precio del vehículo.

En la práctica, estos trámites no resultan complicados de llevar a cabo. Todo el papeleo se puede hacer a medida que avanza la operación y se van ejecutando los pasos. Gracias a la posibilidad de hacer los trámites por vía telemática, los tiempos han disminuido notablemente y mientras que antes, se perdía toda la mañana en Tráfico para tratar de hacer la transferencia, ahora puede hacerse en cualquier momento y en cualquier lugar en el que se disponga de una buena conexión a internet.

En cualquier caso, contratar a una gestoría especializada, evita quebraderos de cabeza y facilita la compraventa. Estos profesionales, se encargan de realizar todos los trámites necesarios, abonar las tasas y cumplir con la legalidad. Mientras que comprador y vendedor, solo tienen que firmar y esperar a que llegue el nuevo permiso de circulación a nombre del nuevo propietario.

Si la compraventa se realiza en un concesionario, los mismos vendedores cuenta en su plantilla con gestores que se encargan de todo lo necesario para que el comprador, tenga todo listo una vez se le entreguen las llaves.